La sentencia hace un llamado a los diputados que "que desistan
inmediatamente de tales actuaciones y ejerzan sus atribuciones conforme a
la Carta Magna y al resto del orden jurídico"
Jhon Cisneros.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)
declaró la nulidad las acciones de la directiva de la Asamblea Nacional
por persistir en desacato al Poder Judicial, y por ende el Presidente
de la República, Nicolás Maduro, en pleno ejercicio de sus funciones,
deberá rendir su mensaje anual ante el organismo judicial.
“La elección de una nueva Junta Directiva, el 5 de enero de 2017, estando en desacato al Poder Judicial, las actuaciones parlamentarias desplegadas desde ese día también son nulas, incluyendo la sesión del 9 de ese mismo mes y año,
en la que además de la Constitución, violaron su propio Reglamento
Interior y de Debates; todo ello conforme a lo examinado en las
sentencias números 2 y 3, publicadas el 11 de enero de 2017, por la Sala
Constitucional”
“El TSJ ordena a los diputados y diputadas que se encuentran en
omisión parlamentaria inconstitucional, en desacato a varias sentencias
del Poder Judicial y en violación permanente de valores, principios y
normas constitucionales, que desistan inmediatamente de tales
actuaciones y ejerzan sus atribuciones conforme a la Carta Magna y al
resto del orden jurídico, no obstante la responsabilidad que puedan
generar las mismas”, reza el texto.
En tal sentido la sentencia señala que “En vista de la
imposibilidad para realizar actos válidos, se configura la omisión
inconstitucional de la Asamblea Nacional, por lo cual el Presidente de
la República en pleno ejercicio de sus funciones, ciudadano Nicolás
Maduro Moros, deberá rendir su mensaje anual ante el TSJ, en el
que dará cuenta de los aspectos políticos, económicos, sociales y
administrativos de su gestión durante el año inmediatamente anterior.
Por último, el Máximo Tribunal hace un llamado a los diversos
actores políticos de la Nación, para que utilicen la vía del diálogo
como herramienta fundamental para dirimir las diferencias políticas y,
en especial, para cumplir los deberes, fines y normas
constitucionales, en función de garantizar la construcción de una
sociedad justa y amante de la paz, y de procurar la promoción de la
prosperidad y bienestar del pueblo; toda vez que el enfrentamiento
constante en todos los asuntos que les compete perjudicaría de forma
ostensible al pueblo venezolano en general, sin distinción alguna,
comenzando por los sectores sociales más vulnerables.
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